Si cierro mi negocio ¿tengo derecho a paro?

Si cierro mi negocio ¿tengo derecho a paro
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Si, pero a diferencia de los asalariados no se llama "Paro" se llama "cese de actividad" por lo tanto si cierras tu negocio podrías tener derecho a una prestación por desempleo si cumples los requisitos legales para ello.

Pero, como toda prestación se deben cumplir ciertos requisitos previos.

La prestación por cese de actividad es una ayuda económica que reciben los autónomos que se han visto obligados a cesar su actividad por causas económicas, fuerza mayor o pérdida de licencia administrativa.

Esta prestación, que se financia con las cotizaciones que los autónomos realizan a la Seguridad Social, tiene como objetivo proteger a los trabajadores por cuenta propia que se encuentran en dificultades económicas.

Requisitos para acceder a la prestación

Para acceder a la prestación por cese de actividad, los autónomos deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en situación de alta efectiva.
  • Haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses en los últimos 5 años.
  • Haber cesado su actividad por causas económicas, fuerza mayor o pérdida de licencia administrativa.
  • No tener derecho a una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

Cuantía y duración de la prestación

La cuantía de la prestación por cese de actividad se calcula en función de las bases de cotización de los últimos 12 meses.

La prestación se abona mensualmente y su duración es de 180 días, ampliables en algunos casos.

Beneficios de la prestación

La prestación por cese de actividad ofrece una serie de beneficios a los autónomos que la reciben, como:

  • Un complemento salarial que les ayuda a hacer frente a sus gastos.
  • La posibilidad de compatibilizar la prestación con un trabajo por cuenta ajena o con la realización de cursos de formación.
  • La no incompatibilidad con otras prestaciones sociales, como la Renta Activa de Inserción (RAI).

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