Cambios en el subsidio por desempleo; Así serán las nuevas cuantías del paro a partir de 2024
Los nuevos cambios en el subsidio por desempleo aumentarán las cuantías del paro a 570 euros los primeros 6 meses de prestación y a 480 euros los siguientes meses siendo además compatible con el empleo.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, destacó en la rueda de prensa posterior al Consejo que se trata de una "gran reforma" con un carácter "especialmente feminista" ya que el 56 % de las personas que lo cobran son mujeres.
Cambios en las cuantías del subsidio por desempleo
La nueva reforma aumenta la cuantía en el subsidio por desempleo, actualmente es de 480 euros mensuales (la cuál equivalente al 80% del Iprem), y sube a 570 euros durante los primeros seis meses de prestación (95% del IPREM) y a 540 euros mensuales en los seis meses siguientes (90% del IPREM) para después recuperar el 80% del IPREM hasta su extinción, que se sigue manteniendo en un tope de 30 meses, dependiendo de la edad, circunstancias familiares y de la duración de la prestación agotada.
Cambios en la solicitud en el subsidio por desempleo
Se elimina por sí el mes de espera entre la solicitud de la prestación por desempleo y el cobro de la misma, ya que ahora se podrá tramitar en los primeros días desde la extinción del contrato laboral, (una acción que dejaba a los desempleados con un mes sin ningún tipo de ingresos).
Estos son los cambios más significantes del subsidio por desempleo en 2024
- Los primeros 6 meses cobrarás el 95% del IPREM (570 euros), los siguientes 6 meses el 90% (540) y los siguientes meses 480 euros (el 80%).
- Los menores de 45 años podrán acceder a la ayuda cuando se les agote el paro.
- Se elimina el plazo de un mes de espera para poder pedir el subsidio cuando se agota la prestación contributiva: la ayuda se empieza a cobrar desde el día siguiente, siempre que se solicite en los primeros 15 días. Si no, en la fecha de la solicitud.
- Generalización del permiso de lactancia hasta un máximo acumulado de 28 días para todos los trabajadores, con independencia de que lo tengan o no recogido en su convenio colectivo