Ingreso Mínimo Vital: esto debes saber si no quieres perder la prestación
La seguridad social podría extinguir o suspender el pago del ingreso mínimo vital si se incumplen una serie de situaciones que hicieran al beneficiario incumplir las obligaciones de la administración.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones logró la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) hace más de tres años. Esta prestación no contributiva es administrada por la Seguridad Social y tiene como objetivo principal prevenir el riesgo de pobreza en aquellas personas que carecen de recursos económicos básicos, permitiéndoles así satisfacer sus necesidades esenciales.
Eres beneficiario del IMV si cumples estos requisitos
Son elegibles para recibir el IMV las personas de al menos 23 años que no formen parte de una unidad de convivencia, incluso si comparten residencia con otra persona, las mujeres adultas que han sido víctimas de violencia de género o trata de seres humanos, individuos de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores o que sean huérfanos, así como las personas sin hogar.
Además, se establece un límite de ingresos que se actualiza anualmente, y en caso de superarlo, se debe notificar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En caso contrario, la Seguridad Social podría suspender o incluso cancelar la prestación.
Razones para suspender el cobro del ingreso mínimo vital
La suspensión del IMV tendrá lugar invariablemente a partir del primer día hábil del mes siguiente a la ocurrencia del motivo, o desde el momento en que la Seguridad Social tome conocimiento del mismo. La persona no recibirá el IMV hasta que el motivo sea evaluado y resuelto; una vez solventado, el pago se reanudará a partir del primer día hábil del mes siguiente.
Estas son las razones por las que se podría suspender el IMV
- No superar temporalmente los límites de ingresos esenciales, que están detallados en la página web del Ministerio.
- No cumplir de manera temporal con alguna de las obligaciones relacionadas con la percepción de la ayuda, tanto por parte del titular como de cualquier miembro de la unidad de convivencia.
- Trasladarse al extranjero por un período inferior a 90 días sin previa comunicación a la Seguridad Social o sin justificación.
- No proporcionar la notificación de mantenimiento o cambios en los certificados emitidos por servicios sociales dentro del plazo establecido.
- Dejar de presentar la Declaración de la Renta durante dos años consecutivos.
- Incumplir los límites de ingresos y patrimonio establecidos para cada año.
Razones para extinguir el cobro del IMV
La Seguridad Social puede retirar de manera permanente el derecho al cobro del IMV en casos más graves o cuando las circunstancias se prolongan en el tiempo. Para evitar la extinción de la prestación, es recomendable evitar las siguientes situaciones:
- Mantener la suspensión durante un año completo.
- Incumplir de manera definitiva cualquiera de los requisitos necesarios para recibir la prestación.
- Renunciar voluntariamente a la prestación.
- El fallecimiento del titular.
- Trasladarse al extranjero sin previa comunicación a la Seguridad Social o sin justificación, y permanecer en el extranjero por más de 90 días.
- Incurrir en múltiples procedimientos sancionadores.
- Violar de forma recurrente las condiciones para la compatibilidad con la realización de un trabajo, ya sea como autónomo o asalariado.
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