Cuando se podrá solicitar la ayuda para libros de la JCCM

Cuando se podrá solicitar la ayuda para libros de la JCCM
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La ayuda para libros de la Junta de Castilla la Mancha se podrá solicitar desde el 22 de junio de 2023 tanto para personas físicas como para centros privados.

  • FAMILIAS: del 22 de junio al 12 de julio del 2023, ambos inclusive 
  • CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS: del 22 de junio al 12 de julio del 2022, ambos inclusive.

La solicitud será presentada a través de la página web oficial de la Junta de Castilla la Mancha rellenando un pequeño formulario de solicitud.

Para ello, solamente estará disponible la página web. Por eso, solo se podrá presentar de forma telemática, no pudiéndose presentar de forma presencial.

Requisitos para solicitar la ayuda

Los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas para libros de la JCCM son los siguientes:

  1. Serán elegibles para las ayudas directas destinadas al uso de libros de texto, los estudiantes matriculados en Educación Primaria y Secundaria Obligatoria en centros públicos de Castilla-La Mancha, así como los centros privados concertados que imparten estas enseñanzas. Los beneficiarios de estas ayudas serán los estudiantes matriculados en dichas etapas educativas.
  2. En el caso de las ayudas en especie para comedores escolares, reguladas por esta Resolución, podrán ser beneficiarios los estudiantes del segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria en centros educativos sostenidos con fondos públicos en Castilla-La Mancha.

Centros educativos privados concertados. Requisitos para las ayudas de uso de libros de texto:

a) Deben tener estudiantes matriculados en las enseñanzas mencionadas en el artículo 4 del Decreto 20/2018, de 10 de abril, y que cumplan los criterios de alquiler establecidos en dicho Decreto para ser beneficiarios de la ayuda.

b) Deben presentar la solicitud de subvención de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 18 del Decreto 20/2018, de 10 de abril.

c) Dado el carácter de la ayuda y sus beneficiarios, están exentos de cumplir las prohibiciones mencionadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Asimismo, los beneficiarios de las ayudas reguladas en esta resolución están exentos del requisito de tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2

e) del Decreto 20/2018, de 10 de abril, debido al objetivo y propósito de las ayudas, según lo establecido en el artículo 73.3.b) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

f) Además, no es necesario que acrediten disponer de un plan de prevención de riesgos laborales ni que no hayan sido sancionados, de acuerdo con el artículo 14.3 del reglamento aprobado por el Decreto 21/2008 de 5 de febrero.

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